Legislación › Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.
Artículo 44. Fomento de la convivencia.
Artículo 44. Fomento de la convivencia.
Corresponde al Rector de cada universidad adoptar las decisiones relativas al fomento de la convivencia y el respeto a derechos y deberes de los miembros de la comunidad universitaria.


