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Legislación › Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.

Artículo 58. Funciones del Secretario.

Artículo 58. Funciones del Secretario.

1. Corresponde al Secretario:

a) Levantar acta de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente.

b) Expedir certificaciones de los acuerdos adoptados.

c) Custodiar las actas y la restante documentación que obre en poder del Consejo.

d) Cualesquiera otras encomendadas por el Pleno, por el reglamento de organización y funcionamiento interno o la legislación vigente.

2. En caso de ausencia, será sustituido por el Vicesecretario de la Comisión Permanente.

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