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Legislación › Ley 11/2009, de 30 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Aragón.

Artículo 7. Finalidad.

Artículo 7. Finalidad.

1. En el ejercicio de la función fiscalizadora, la Cámara de Cuentas verificará el efectivo sometimiento de la actividad económico-financiera de los entes integrantes del sector público de Aragón a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y economía.

2. La función fiscalizadora se extenderá también al control de la contabilidad pública, verificando que la misma refleje correctamente la realidad económica del sujeto controlado.

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