Legislación › Ley 4/2010, de 10 de marzo, para la ejecución en la Unión Europea de resoluciones judiciales de decomiso.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo dispuesto en las disposiciones adicionales segunda, tercera, cuarta y quinta entrará en vigor el día siguiente del que lo haga la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial.


