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Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 2 de enero de 2010 · Último cambio el 2 de enero de 2010 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Naturaleza de los Consejos de Residentes Españoles.
- Artículo 2. Constitución.
- Artículo 3. Ámbito material de actuación.
- Artículo 4. Funciones.
- Artículo 5. Miembros.
- Artículo 6. Presidente y Secretario del Consejo de Residentes Españoles.
- Artículo 7. Duración del mandato.
- Artículo 8. Pérdida de la condición de miembro.
- Artículo 9. Participación en las reuniones.
- Artículo 10. Convocatoria de elecciones.
- Artículo 11. Procedimiento electoral.
- Disposición transitoria primera. Continuidad de los Consejos de Residentes Españoles constituidos a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto.
- Disposición transitoria segunda. Mandato de los Consejos de Residentes Españoles constituidos a la entrada en vigor del presente real decreto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


