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Legislación › Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 55. Mujeres e interculturalidad.

Artículo 55. Mujeres e interculturalidad.

Los poderes públicos de Canarias promoverán la integración, participación y promoción de las mujeres migrantes, realizarán actuaciones para promover la interculturalidad y el valor de la diversidad dentro de un marco de derechos y de igualdad plena de las mujeres, velarán por el acceso al empleo y a los servicios de las mujeres migrantes y concederán protección a situaciones de violencia de género.

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