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Legislación › Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres.

Disposición adicional cuarta. [Sic]. Representación equilibrada.

Disposición adicional cuarta. [Sic]. Representación equilibrada.

A los efectos de esta ley, se entenderá por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de modo que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean inferiores al cuarenta por ciento.

Se añade por el art. 2 de la Ley 7/2019, de 9 de abril. BOE-A-2019-6775

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