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Legislación › Resolución de 16 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula el Registro Electrónico del organismo.

Artículo 9. Gestión y Seguridad del registro electrónico.

Artículo 9. Gestión y Seguridad del registro electrónico.

La Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones será la unidad responsable de la gestión, disponibilidad y seguridad del registro electrónico y dispondrá de los medios técnicos adecuados para garantizar los requisitos de seguridad, normalización y conservación según se detallan en los criterios de seguridad, normalización y conservación utilizados para el ejercicio de potestades, aprobado por el Consejo Superior de Administración Electrónica.

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