Legislación › Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía.
Artículo 38. Propuesta de resolución.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de abril de 2013 y la del 9 de octubre de 2013.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Artículo 38. Propuesta de resolución.
Transcurrido el plazo de alegaciones y practicadas las pruebas que hubieran sido declaradas pertinentes, se realizará propuesta de resolución suscrita por inspector o inspectora o personal funcionario habilitado, con expresa valoración de las pruebas que, en su caso, hayan sido admitidas admitidas, así como de la estimación o desestimación total o parcial de las alegaciones que se hubieren presentado. Dicha propuesta sólo solo habrá de ser notificada a las personas interesadas cuando la misma tenga en cuenta nuevos hechos, alegaciones, pruebas o documentos o que no sean conocidos por estas últimas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de octubre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-11497 | Leer | Qué cambió |
| 12 de abril de 2013 | BOE-A-2013-90001 | Leer |


