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Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Artículo 105. Contenido de la Cuenta General.

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Artículo 105. Contenido de la Cuenta General.
1. La Cuenta General comprenderá todas las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el ejercicio por la Administración de la Junta de Andalucía, agencias, instituciones, consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz. andaluz y fondos carentes de personalidad jurídica regulados en el artículo 5.5.
2. La Cuenta General En relación con la Administración de la Junta de Andalucía constará Andalucía, sus agencias administrativas, de las siguientes partes: régimen especial y demás entidades sometidas a contabilidad presupuestaria, los estados que componen la Cuenta General son los siguientes:
a) El balance.
b)
La liquidación cuenta del Presupuesto dividida en tres partes: resultado económico patrimonial.
1.ª Cuadro demostrativo c) El estado de los créditos autorizados cambios en el patrimonio neto.
d) El
estado de gastos y flujos de efectivo.
e) El estado de liquidación del presupuesto dividida
en cuatro partes:
1.º Estado de
las leyes, disposiciones y acuerdos en cuya virtud se hayan producido aquellas. modificaciones de crédito.
2.ª 2.º Liquidación del estado Presupuesto de gastos. Gastos.
3.ª 3.º Liquidación del estado Presupuesto de ingresos. Ingresos.
b) Cuenta General de Tesorería que ponga 4.º Resultado del ejercicio.
f) La Memoria.
3. En relación con las sociedades mercantiles del sector público andaluz, fondos carentes
de manifiesto personalidad jurídica, fundaciones y otras entidades referidas en el artículo 5.3, la situación de información contable que se integra en la Tesorería Cuenta General y las operaciones realizadas estará constituida por la misma durante el ejercicio, con distinción de las que correspondan cuentas anuales presentadas conforme al Presupuesto vigente y Plan General de Contabilidad de aplicación. Junto a estos estados se incluirá, en los anteriores. casos que proceda, la memoria y el informe de auditoría.
c) Cuenta General 4. También formarán parte del contenido de la Deuda Pública, así como la Cuenta General del General:
a) La cuenta general de la deuda pública y el
endeudamiento de la Junta de Andalucía.
d) Un b) El estado relativo a la evolución y situación de los anticipos de tesorería a que hace referencia el artículo 65.
e) Un estado demostrativo de la evolución y situación de los valores a cobrar y obligaciones a pagar procedentes de ejercicios anteriores.
f) El resultado del ejercicio con la siguiente estructura:
1.ª Los saldos de la ejecución del Presupuesto por obligaciones y derechos reconocidos por pagos e ingresos realizados.
2.ª El déficit o superávit de Tesorería por operaciones presupuestarias, incluyendo los que correspondan al Presupuesto vigente y a los anteriores.
tesorería.
3.ª c) La variación de los activos y pasivos de la Hacienda cuenta de avales otorgados por la Junta de Andalucía derivada de las operaciones corrientes y de capital. Andalucía.
d) La cuenta del inmovilizado.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-797 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-1068 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2018-1098 Leer Qué cambió
19 de marzo de 2010 Texto original Leer

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