LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Artículo 106. Documentación anexa a la Cuenta General.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2018 y la del 1 de enero de 2021. Tachado: lo que se quitó (57 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 106. Documentación anexa a la Cuenta General.
A la Cuenta General se unirá:
a) Una memoria que resalte las variaciones más significativas de la Cuenta, en especial La cuenta general de los gastos e ingresos. tesorería.
b) La cuenta de operaciones extrapresupuestarias.
c)
Una memoria demostrativa del grado de sobre el cumplimiento de los objetivos programados, con indicación de los previstos y alcanzados, alcanzados y del el coste de los mismos.
c) Un estado de los compromisos de gastos adquiridos con cargo a ejercicios futuros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40, con indicación de los ejercicios en los cuales se deba imputar.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-797 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2018-1098 Leer Qué cambió
19 de marzo de 2010 Texto original Leer

← Artículo 105 Índice Artículo 107 →