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Legislación › Resolución de 29 de marzo de 2010, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2010, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico.

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Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de abril de 2010 y la del 23 de enero de 2020. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras). Volver al texto en vigor

6. Mantenimiento e implantación del plan
El mantenimiento del Plan Estatal tiene los siguientes objetivos:
Comprobar y mejorar la eficacia del Plan.
Incorporar los cambios pertinentes aconsejados por la adquisición de nuevos conocimientos sobre el riesgo sísmico.
Las acciones de mantenimiento serán las siguientes:
Revisión de los datos referentes al riesgo sísmico y del sistema de información sobre todos los fenómenos sísmicos.
Difusión del Plan entre las instituciones y el personal involucrado en su aplicación.
Contribuir a la mejora del conocimiento sobre el riesgo sísmico y las medidas de autoprotección entre los ciudadanos
Realización de ejercicios y simulacros.
Para la realización de estas actuaciones se recabará la colaboración de los órganos competentes en materia de protección civil de las Comunidades Autónomas.
Realizar acciones de formación dirigidas a los componentes de los servicios de intervención, para que puedan atender adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situación de vulnerabilidad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-47 Leer Qué cambió
10 de abril de 2010 Texto original Leer

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