Legislación › Resolución de 29 de marzo de 2010, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2010, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico.
ANEXO I
ANEXO I
Planes de coordinación y apoyo
1. Objetivos y funciones de los Planes de Coordinación y Apoyo
Los planes de coordinación y apoyo tienen como objetivo asegurar la máxima efectividad en la realización de aquellas funciones específicas consideradas prioritarias. Este objetivo precisa la consecución de los siguientes objetivos parciales de carácter general:
Asegurar la aportación de medios y recursos de cualquier parte del territorio español, independientemente de su titularidad, e incluso del extranjero, a la zona afectada por un terremoto de consecuencias catastróficas.
Asegurar la utilización óptima de los medios y recursos.
Con carácter general, para alcanzar los objetivos anteriores, cada plan habrá de contemplar:
La estimación de las necesidades que está destinado a atender.
La identificación de los medios y recursos necesarios para la realización de las funciones a desarrollar.
El establecimiento de los procedimientos para la solicitud, adquisición, movilización y, en su caso, transporte, distribución o cesión de medios y recursos.
La definición de los procedimientos de actuación y utilización de los medios y recursos.
Los protocolos de actuación específicos para garantizar la asistencia tanto a las personas con discapacidad institucionalizadas como a aquellas que no lo están pero se encuentran en situación de gran dependencia.
2. Elaboración y actualización
Los planes de coordinación y apoyo serán elaborados y actualizados por el Comité Estatal de Coordinación mediante grupos de trabajo constituidos en el mismo. La coordinación de cada grupo es atribuida a un órgano o Departamento con representación en el CECO, en razón a sus competencias. En todo caso, la secretaria técnica de los grupos recaerá en la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
A dichos grupos de trabajo podrán incorporarse representantes de Comunidades Autónomas en razón de la materia a tratar, cuando así lo consideren oportuno los órganos competentes de las mismas, a solicitud del órgano que tenga atribuida la coordinación del grupo que corresponda.
FICHAS DESCRIPTIVAS DE LOS PLANES DE COORDINACIÓN Y APOYO
1. Plan de reconocimiento e información sobre áreas siniestradas:
1.1 Objetivos.–Conocer con la máxima rapidez y efectividad la información sobre los daños producidos por un terremoto catastrófico, lo que permitirá evaluar las necesidades creadas y facilitará la rapidez y efectividad en la toma de decisiones por parte de las autoridades responsables.
Este plan deberá asegurar el cumplimiento de las siguientes funciones:
Obtención de información fidedigna y rápida de la distribución de daños, delimitando zonas según la intensidad de los daños. Será prioritaria la inspección y clasificación en función del estado y riesgo de infraestructuras críticas y construcciones consideradas de especial importancia por la normativa de construcción sismorresistente y, dentro de ellas, especialmente de aquellas que puedan causar efectos asociados.
Inspección detallada y clasificación de los edificios dañados y otras infraestructuras que evalúe el tratamiento adecuado para su reparación, reforzamiento y demolición según el daño y peligro que presenten. Esta función será llevada a cabo por grupos de inspección de edificios formados por técnicos especialistas en estructuras, arquitectos e ingenieros cualificados.
1.2 Órganos participantes.
Ministerio de Vivienda. Coordinador.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Defensa.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
Ministerio de Fomento.
Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Ministerio de Ciencia e Innovación.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Ministerio de Cultura.
2. Plan de actuación para el salvamento y rescate de personas sepultadas.
2.1 Objetivos.–El objetivo de este plan es cubrir una de las necesidades más prioritarias y específicas de las emergencias sísmicas: la búsqueda, el rescate y el salvamento de personas sepultadas en los escombros, para lo cual habrá que coordinar a numerosas personas y grupos de actuación, tanto locales, como autonómicos, estatales e internacionales.
En este plan se contemplarán las relaciones con aquellos otros grupos que posibiliten las tareas de los grupos de rescate, fundamentalmente en lo relativo al desescombro y al control de accesos a las zonas de operaciones.
2.2 Órganos participantes.
Ministerio del Interior. Coordinador.
Ministerio de Defensa.
Ministerio de Justicia.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
3. Plan de actuación sanitaria.
3.1 Objetivos.–El objetivo de este plan es asegurar la asistencia médica y sanitaria a la población afectada por un terremoto catastrófico, para lo cual se precisará coordinar la intervención y el uso de medios y recursos tanto nacionales, de diferentes niveles administrativos, como internacionales.
Después de un terremoto habrá muchas personas que precisen con urgencia atención sanitaria. Por otra parte, los medios y recursos locales y autonómicos serán insuficientes ya que, además del número elevado de heridos, los edificios hospitalarios de la zona afectada no se encontrarán totalmente operativos al poder haber sufrido daños estructurales, estar sin servicios esenciales (agua, luz, gas, telecomunicaciones) o con parte de su personal afectado por la catástrofe.
Este plan contemplará los procedimientos para asegurar el cumplimiento de las siguientes funciones: la clasificación, evacuación y tratamiento de heridos, la adquisición y distribución de medicinas, la adopción de medidas profilácticas para evitar epidemias e intoxicaciones y la elaboración de normas sanitarias para la población.
3.2 Órganos participantes.
Ministerio de Sanidad y Política Social. Coordinador.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Defensa.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
4. Plan de abastecimiento, albergue y asistencia social.
4.1 Objetivos.–El objetivo de este plan es la coordinación de esfuerzos para proporcionar a la población alimentos, albergue y aquellas necesidades básicas de asistencia social, incluidas las labores de información sobre familiares residentes en la zona afectada.
4.2 Órganos participantes.
Ministerio del Interior. Coordinador.
Ministerio de Defensa.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Ministerio de Sanidad y Política Social.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Ministerio de Vivienda.
Ministerio de Ciencia e Innovación.
Ministerio de Fomento.
5. Plan de intervención psicosocial.
5.1 Objetivos.–Los objetivos de este plan son prever la organización y procedimientos necesarios para mitigar las consecuencias del suceso en los afectados mediante la prestación del apoyo psicosocial oportuno, así como prestar asistencia psicosocial a los distintos grupos de intervención y asesoramiento a los gestores de la emergencia acerca de aquellos aspectos de índole psicosocial que puedan influir en los ciudadanos afectados.
5.2 Órganos participantes.
Ministerio del Interior. Coordinador.
Ministerio de Defensa.
Ministerio de Sanidad y Política Social.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
6. Plan de actuación para el restablecimiento del suministro de energía eléctrica y combustibles.
6.1 Objetivos.
Facilitar que se consiga con la máxima celeridad la provisión y el restablecimiento del suministro de energía eléctrica y de hidrocarburos.
Conseguir que se realicen con la mayor rapidez posible las acciones de emergencia para cortar el suministro de fluidos en aquellos casos en los que la sustancia pueda causar daños asociados (ej.: gas) y potenciar la adopción de medidas preventivas tendentes a minimizar el riesgo.
6.2 Órganos participantes.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Coordinador.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Defensa.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
Ministerio de Fomento.
7. Plan de rehabilitación de emergencia de las infraestructuras del transporte.
7.1 Objetivos.–Facilitar los requerimientos de transporte de los diferentes grupos de actuación en la emergencia sísmica mediante la rehabilitación de emergencia de la infraestructura de los transportes de titularidad estatal (carreteras, puertos, aeropuertos) y el apoyo a la rehabilitación de aquellas infraestructuras de otros niveles administrativos.
7.2 Órganos participantes.
Ministerio de Fomento. Coordinador.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Defensa.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis
8. Plan de restablecimiento de las telecomunicaciones
8.1 Objetivos.–El plan tiene por finalidad, por un lado restablecer los sistemas y redes de telecomunicaciones que hayan sufrido daños y se haya mermado en su operatividad y por otro dar un refuerzo extraordinario cuando las infraestructuras y medios existentes hayan quedado insuficientes.
8.2 Órganos participantes.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Coordinador.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Defensa.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
Ministerio de Fomento
9. Plan de apoyo logístico.
9.1 Objetivos.–El objetivo de este plan es la previsión y provisión de los medios logísticos que con carácter extraordinario precisen los responsables y los grupos de intervención contemplados en el Plan Estatal, incluidos los planes de coordinación y apoyo.
El plan establecerá las previsiones con el fin de atender a cuantas necesidades surjan, en coordinación con lo estipulado en los diferentes planes de coordinación y apoyo. Asimismo, contemplará el mantenimiento y actualización del catálogo nacional de medios y recursos a movilizar en caso de terremotos. Además, contendrá los procedimientos y las prioridades para su solicitud, movilización y distribución. Finalmente, identificará los centros logísticos en el ámbito nacional o regional.
9.2 Órganos participantes.
Ministerio del Interior. Coordinador.
Ministerio de Defensa.
Ministerio de Justicia.
Ministerio de Fomento.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
10. Plan de coordinación informativa en situaciones de emergencia
10.1 Objetivos.–Conseguir la coordinación administrativa para establecer canales unitarios de distribución de la información referente a las acciones de respuesta ante la emergencia sísmica y para evitar la difusión de informaciones contradictorias a la población.
10.2 Órganos participantes:
Ministerio de la Presidencia. Coordinador.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Defensa.
Ministerio de Fomento.
Ministerio de Ciencia e Innovación.
Ministerio de Sanidad y Política Social.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Ministerio de Justicia.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
Ministerio de Cultura.
11. Plan de seguridad y orden público.
11.1 Objetivos.–El Plan tendrá por finalidad el mantenimiento de la seguridad pública en las áreas directamente afectadas, mediante la previsión de, entre otras, las actividades siguientes:
Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes.
Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran.
Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana.
Controlar los accesos a las zonas afectadas y facilitar la circulación de los vehículos de emergencia.
Colaborar en las actividades de socorro a la población afectada.
11.2 Órganos participantes.
Ministerio del Interior. Coordinador.
Ministerio de Defensa.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis
12. Plan de actuación médico-forense y de policía científica para la identificación de víctimas.
12.1 Objetivos.–El Plan tiene por finalidad la realización del proceso de identificación de las víctimas producidas por la catástrofe sísmica, con previsión de las actividades a que se refiere el Capítulo II del Protocolo Nacional de Actuación Médico-Forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples, aprobado por el Real Decreto 32/2009, de 16 de enero.
12.2 Órganos participantes.
Ministerio del Interior. Coordinador.
Ministerio de Justicia.
Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis


