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Legislación › Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Artículo 11. Denominación de los centros de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

Artículo 11. Denominación de los centros de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

1. En los centros docentes de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño se impartirán las enseñanzas reguladas en el artículo 51 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.

2. Los centros públicos que impartan ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Artes Plásticas y Diseño recibirán la denominación genérica de Escuelas de Arte. Los centros privados autorizados se denominarán centros autorizados de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

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