Legislación › Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Artículo 26. Relación numérica profesor-alumnado.
Artículo 26. Relación numérica profesor-alumnado.
Los centros docentes que ofrecen las enseñanzas correspondientes a las enseñanzas superiores de arte dramático tendrán, como máximo, una relación numérica 1/12 en las enseñanzas que se definan como prácticas y no podrá superar la relación 1/24 para las que se establezcan como teórico-prácticas y técnicas en el plan de estudios. En el caso de las enseñanzas instrumentales, las Administraciones educativas podrán establecer las relaciones numéricas previstas en el artículo 22 de este real decreto.


