Legislación › Ley 4/2010, de 17 de marzo, de consultas populares por vía de referéndum.
Artículo 7. Documentación que debe acompañar la propuesta de consulta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de abril de 2010 y la del 23 de febrero de 2011. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 7. Documentación que debe acompañar la propuesta de consulta.
La propuesta de consulta popular debe ir acompañada de la documentación siguiente:
a) El texto de la pregunta, formulada de forma clara, sucinta e inequívoca. Con el objetivo de obtener un resultado claro de la consulta, el texto debe pedir a los votantes que escojan entre diferentes opciones o entre el sí y el no.
b) Una memoria explicativa de las razones que hacen conveniente la consulta popular y el ámbito competencial de esta.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de junio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-6847 | Leer | Qué cambió |
| 23 de junio de 2011 | BOE-A-2011-10872 | Leer | Qué cambió |
| 23 de febrero de 2011 | BOE-A-2011-3581 | Leer | Qué cambió |
| 14 de abril de 2010 | Texto original | Leer |


