Legislación › Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, por el que se desarrolla la regulación del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico.
Disposición adicional segunda. Sobre los derechos de cobro adjudicados en subasta para la financiación de los déficit ex ante correspondientes al año 2008.
Disposición adicional segunda. Sobre los derechos de cobro adjudicados en subasta para la financiación de los déficit ex ante correspondientes al año 2008.
El contenido y características del derecho de cobro correspondiente a la parte adjudicada en subasta para la financiación «ex ante» del desajuste de ingresos de las actividades reguladas reconocido en 2008, se seguirá rigiendo por los actos de adjudicación del mismo y por lo establecido en la Orden ITC/694/2008, de 7 marzo, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación de déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta.
← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →


