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Legislación › Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.

Artículo 16. Requisitos específicos de edad.

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Artículo 16. Requisitos específicos de edad.
1. Para participar en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación que a continuación se indican, no se deberán cumplir ni haber cumplido en el año en que se publique la correspondiente convocatoria, las siguientes edades máximas:
a) Para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
1.º Ingreso directo sin exigencia previa de titulación de grado universitario: 20 universitaria: 21 años.
2.º Ingreso directo con exigencia previa de titulación universitaria: 26 años, excepto los que aporten titulaciones de grado universitario: 26 universitario igual o superior a 300 ECTS o titulaciones universitarias que figuren en el apartado 1.A.1.º del anexo II, que se establece en 27 años.
3.º Ingreso por promoción sin exigencia previa de titulación de grado universitario: universitaria: 31 años, excepto para la especialidad fundamental Vuelo del Cuerpo General del Ejército del Aire, que se establece en 24 años.
4.º Ingreso por promoción con exigencia previa de titulación de grado universitario: universitario o titulaciones universitarias que figuren en el apartado 1.A.1.º del anexo II: 35 años.
b) Para incorporarse a las diferentes escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia y de Ingenieros del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas:
1.º Ingreso directo sin exigencia previa de titulación de grado universitario universitaria al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina: 20 21 años.
2.º Ingreso directo al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, con al menos 120 ECTS superados del título de graduado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del de Licenciado en Medicina: 25 años.
3.º Ingreso
por promoción sin exigencia previa de titulación universitaria al Cuerpo Militar de grado universitario Sanidad, especialidad fundamental Medicina: 27 años.
4.º Ingreso por promoción
al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, con al menos 120 ECTS superados del título de graduado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del de Licenciado en Medicina: 27 años.
3.º 5.º Ingreso directo con exigencia previa de titulación de grado universitario: 30 universitario o titulaciones que figuren en los apartados 1.A.2.º, 1.A.3.º y 1.B del anexo II: 31 años, excepto para la especialidad fundamental de Medicina del Cuerpo Militar de Sanidad y para la especialidad fundamental de Dirección del Cuerpo de Músicas Militares, que se establece en 33 años, o 37 en el supuesto de requerirse estar en posesión de un título de médico especialista.
4.º 6.º Ingreso por promoción con exigencia previa de titulación de grado universitario: 35 años, excepto para la especialidad fundamental de Medicina del Cuerpo Militar de Sanidad y especialidad fundamental de Dirección del Cuerpo de Músicas Militares universitario o titulaciones que se establece figuren en 37 los apartados 1.A.2.º, 1.A.3.º y 1.B del anexo II: 40 años.
c) Para adscribirse como militar de complemento a las diferentes escalas de oficiales: 30 años, excepto para la especialidad fundamental de Medicina del Cuerpo Militar de Sanidad que se establece en 33 años.
d) Para incorporarse a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
1.º Ingreso directo sin exigencia previa de un título de Técnico Superior: 21 años.
2.º Ingreso directo con exigencia previa de un título de Técnico Superior: 26 años.
3.º Ingreso por promoción sin exigencia previa de un título de Técnico Superior: 31 años.
4.º Ingreso por promoción con exigencia previa de un título de Técnico Superior: 33 años.
e) Para incorporarse a la escala de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares:
1.º Ingreso directo: 27 años.
2.º Ingreso por promoción: 33 años.
2. Para participar en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería, no se deberán tener cumplidos más de 29 años en el momento que la convocatoria designe para incorporarse al centro docente militar de formación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de junio de 2020 En vigor BOE-A-2020-5896 Leer Qué cambió
15 de julio de 2014 BOE-A-2014-7473 Leer Qué cambió
1 de junio de 2014 BOE-A-2014-5739 Leer Qué cambió
1 de agosto de 2012 BOE-A-2012-10265 Leer Qué cambió
17 de enero de 2010 Texto original Leer

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