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Legislación › Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.

Artículo 20. Principios generales.

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Artículo 20. Principios generales.
1. La enseñanza de formación para la incorporación o adscripción a las diferentes escalas tiene como objetivo conseguir las competencias y perfiles necesarios para el ejercicio profesional.
2. Cuando para el ingreso en los centros docentes militares de formación para cursar las enseñanzas que permitan la incorporación a las escalas de oficiales y de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, se exijan títulos universitarios o de formación profesional del sistema educativo general, éstos servirán para satisfacer los requisitos de titulación que establece el artículo 59 de la Ley de la carrera militar.
3. En el ámbito de este reglamento se denomina Instrucción y Adiestramiento al conjunto de ejercicios de carácter eminentemente práctico conducentes a completar la formación militar relacionada con cada cuerpo, escala y especialidad. especialidad, también podrá incluir un periodo de orientación y adaptación a la vida militar.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2011-5461 Leer Qué cambió
17 de enero de 2010 Texto original Leer

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