Legislación › Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional cuarta. Acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina con créditos adquiridos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de agosto de 2012 y la del 1 de junio de 2014.
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Disposición adicional cuarta. Acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina con créditos adquiridos.
1. De disponerse en la convocatoria, se podrá acceder también por ingreso directo o por promoción a los centros docentes militares de formación para el acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, cuando se tengan superados, al menos 120 ECTS del título de graduado Graduado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del título de Licenciado en Medicina. El límite de edad para poder participar en los procesos de selección, se establece en no cumplir ni haber cumplido 25 años en el año que se publique la convocatoria.
2. En el baremo a aplicar en la fase concurso, se valorarán los créditos superados.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de junio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-5739 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-10265 | Leer |
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