Legislación › Ley 1/2010, de 30 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de la Comunitat Valenciana.
Artículo 5. Relaciones con la Administración.
Artículo 5. Relaciones con la Administración.
El Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de la Comunitat Valenciana se relacionará con la administración de la Generalitat, en sus aspectos institucionales y corporativos, con la conselleria competente en materia de colegios profesionales, y en cuanto al ejercicio de su actividad profesional, con las consellerías que guarden relación con la actividad de terapia ocupacional, sin perjuicio de poder relacionarse también con otras administraciones o consellerías en razón de la materia de que se trate.


