Legislación › Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja.
Artículo 91. Reconocimiento de responsabilidad o pago voluntario.
Artículo 91. Reconocimiento de responsabilidad o pago voluntario.
En cualquier momento del procedimiento anterior a la resolución, el órgano competente para resolver podrá establecer una reducción del 30% de la sanción propuesta en los supuestos en que el infractor reconozca su responsabilidad y proceda al pago voluntario de la misma.


