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Legislación › Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales.

Artículo 18. Documentos anexos a la comunicación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 2009 y la del 31 de diciembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (23 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 18. Declaración responsable. responsable previa.
1. La implantación de establecimientos comerciales individuales o colectivos con una superficie de venta igual o superior a 1.300 metros cuadrados e inferiores a 2.500 metros cuadrados está sujeta a la presentación de una declaración responsable que tiene previa que ir debe estar firmada por la persona promotora, el la titular de la actividad comercial o la persona que los les represente, y en la que ha de debe constar, como mínimo, la categoría del establecimiento, que el proyecto presentado se lleva a cabo en una localización adecuada y, y que cuenta con la dotación de aparcamiento que reglamentariamente se establezca.
2. La declaración responsable previa debe formalizarse en el momento de la solicitud de la licencia de obras municipal o junto con la comunicación previa de obras no sujetas a licencia.
Debe
La declaración debe presentarse bien ante en el ayuntamiento del municipio donde se pretende realizar la actuación o bien en cualquier punto de la red de oficinas de gestión empresarial (OGE) y ha tiene que debe dirigirse a la dirección general competente en materia de comercio.
3. En los casos en que no se realicen obras de adecuación del espacio, la declaración responsable ha de previa debe presentarse directamente ante cualquier punto de la red de oficinas de gestión empresarial (OGE) y ha de dirigirse a la dirección general competente en materia de comercio, con una antelación mínima de un mes antes de empezar la actividad.
4. El departamento competente en materia de comercio ha de facilitar poner a disposición modelos actualizados de declaración responsable, responsable previa, y también en soporte electrónico en la web institucional en de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2026-7828 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2017 BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-546 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 2009 Texto original Leer

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