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Legislación › Ley 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.

Artículo 1. Creación, naturaleza jurídica y adscripción.

Artículo 1. Creación, naturaleza jurídica y adscripción.

1. Se crea, con la denominación de Instituto Cántabro de Servicios Sociales, un organismo autónomo con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, dotado de tesorería, patrimonio propios y de autonomía de gestión, en los términos previstos en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2. El Instituto Cántabro de Servicios Sociales se adscribe a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de servicios sociales del Gobierno de Cantabria, a la que corresponde su dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.

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