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Legislación › Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares.

Artículo 19. Honores al Jefe de Estado Mayor de la Defensa y a los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.

Artículo 19. Honores al Jefe de Estado Mayor de la Defensa y a los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.

1. Al Jefe de Estado Mayor de la Defensa y a los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire les corresponden los honores militares de arma presentada e himno nacional en versión breve. En su caso también salva de diecisiete cañonazos y cuatro voces de «¡Viva España!».

2. Les serán rendidos honores en su toma de posesión, en los actos militares que presidan y la primera vez que visiten oficialmente unidades de las Fuerzas Armadas.

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