Legislación › Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares.
Artículo 6. Ceremonial en buques de la Armada.
Artículo 6. Ceremonial en buques de la Armada.
Cuando la Bandera desembarque o embarque con solemnidad en un buque de la Armada para incorporarse o retirarse de formación, le serán rendidos por aquél los honores de salva de veintiún cañonazos y siete voces de «¡Viva España!». A continuación se seguirán, en lo posible, normas análogas a las previstas en el artículo anterior de acuerdo con las diferentes circunstancias de atraque o fondeo y tipo de buque.


