Legislación › Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.
Disposición transitoria única. Inclusión en el Registro Integrado Industrial.
Disposición transitoria única. Inclusión en el Registro Integrado Industrial.
Las empresas y agentes en materia de seguridad y calidad industrial incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento del Registro Integrado Industrial, que a su entrada en vigor se encuentren inscritas en el Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal aprobado por el Real Decreto 697/1995, de 28 de abril, se inscribirán de oficio en el Registro Integrado Industrial por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con las Comunidades Autónomas.
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