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Legislación › Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

Artículo 2. Créditos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios.

Artículo 2. Créditos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios.

A partir del 1 de junio de 2010 los créditos asignados para atender los complementos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios se reducirán en un 5 por ciento y sin perjuicio de que las cantidades individuales asignadas puedan ser diferentes de acuerdo con la normativa reguladora de estos complementos.

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