Legislación › Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.
Artículo 2. Créditos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios.
Artículo 2. Créditos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios.
A partir del 1 de junio de 2010 los créditos asignados para atender los complementos de productividad, dedicación especial y gratificaciones por servicios extraordinarios se reducirán en un 5 por ciento y sin perjuicio de que las cantidades individuales asignadas puedan ser diferentes de acuerdo con la normativa reguladora de estos complementos.


