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Legislación › Real Decreto 1919/2009, de 11 de diciembre, por el que se regula la seguridad aeronáutica en las demostraciones aéreas civiles.

Artículo 22. Actividades prohibidas.

Artículo 22. Actividades prohibidas.

1. Durante el desarrollo de la demostración aérea no se permitirá la presencia a bordo de las aeronaves de personas que no pertenezcan a la tripulación necesaria para el acto de exhibición.

Esta prohibición no se aplicará a vuelos realizados fuera del programa de la demostración para promocionarlos.

2. Asimismo, en el transcurso de la exhibición aérea queda prohibida la realización de actividades de enseñanza aeronáutica.

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