Legislación › Ley Foral 9/2010, de 28 de abril, de ayuda a las víctimas del terrorismo.
Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta.
La negativa de los centros de Educación Secundaria que reciben financiación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a difundir en sus centros el programa establecido en el artículo 17.2 de la presente Ley Foral podrá acarrear la pérdida de las subvenciones.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →


