Legislación › Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.
ANEXO III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de diciembre de 2016 y la del 29 de abril de 2021.
Tachado: lo que se quitó (82 palabras). Subrayado: lo que se añadió (38 palabras).
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ANEXO III
EJÉRCITO DEL AIRE
Campos de actividad
Especialidades fundamentales
1. Cuerpo General
Escala de oficiales:
Vuelo: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades directamente relacionadas con el empleo de las aeronaves y sus sistemas.
Defensa y Control Aéreo: Aeroespacial: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades relacionadas con el apoyo a las operaciones aéreas, con la inteligencia, seguridad y defensa de bases, instalaciones y recursos del Ejército del Aire, defensa local de bases frente ataques aéreos o terrestres, ejecución de operaciones especiales, funcionamiento de los servicios de apoyo directamente relacionados con las operaciones aéreas aeroespaciales y las actividades relacionadas con el empleo de los sistemas de la gestión, vigilancia y control del espacio aéreo y de guerra electrónica, ultraterrestre.
Ciberespacio: Los militares con base en tierra o a bordo de aeronaves, para asegurar esta especialidad desarrollan actividades relacionadas con el desarrollo de las operaciones aéreas y para controlar conocimiento, vigilancia y coordinar la circulación aérea así como actividades de dirección, ejecución y, en su caso, manejo empleo de los sistemas y equipos de información elementos físicos y telecomunicaciones. lógicos que constituyen el ciberespacio.
Escala de suboficiales.
Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades relacionadas con la seguridad de instalaciones y recursos del Ejército del Aire, defensa local de bases frente a ataques aéreos o terrestres, funcionamiento de los servicios de apoyo directamente relacionados con las operaciones aéreas y mantenimiento y utilización de armamento y explosivos.
Mantenimiento Aeronáutico: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades de ejecución en el mantenimiento preventivo y correctivo sobre las aeronaves, su estructura, grupo motopropulsor y sus sistemas mecánicos, eléctricos, armamento, rescate y evacuación, así como sobre los vehículos terrestres.
Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades relacionadas con el diseño, desarrollo, instalación, configuración, administración y mantenimiento de los sistemas de información y de los equipos y redes que los soportan, así como la implantación y gestión de medidas de seguridad TIC («Tecnologías de la información y la comunicación») y operaciones de ciberdefensa en dichos sistemas, equipos y redes.
Mantenimiento de Electrónica: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades relacionadas con el mantenimiento de la electrónica de los equipos de telecomunicaciones, radares, navegación aérea, guerra electrónica, de aviónica, así como el relacionado con la gestión, instalación, configuración y ajuste de dichos equipos, incluidos aquellos integrados en aeronaves.
Control Aéreo: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades relacionadas con el empleo de los sistemas de mando y control, con base en tierra o a bordo de aeronaves, para asegurar el desarrollo de las operaciones aéreas y para controlar y coordinar la circulación aérea.
Administración: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades relacionadas con las actividades de gestión administrativa, incluida la contable, tanto referida al personal como, en su caso, a los recursos.
Escala de Tropa:
Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionadas con la vigilancia, seguridad y defensa de instalaciones, personal y recursos, así como con la protección y descontaminación NBQ («Nuclear, biológico y químico»). Además realizan actividades relacionadas con la instrucción de las unidades de tropa y apoyo general a las operaciones.
Auxiliar de Mantenimiento Aeromecánico: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes al mantenimiento de las aeronaves de dotación y al mantenimiento y manejo de equipos asociados en tierra, en lo referente a los sistemas mecánicos, hidráulicos, eléctricos, electrónicos y estructura de aeronaves, tanto en tierra como a bordo de las mismas. También realizan las tareas necesarias para el movimiento de aeronaves en tierra, así como actividades específicas relativas al área de talleres, montaje y equipo diverso (fresador, ajustador, tornero, soldador-chapista, etc.) necesarias para asegurar la continuidad de las operaciones y la reparación rápida de daños.
Auxiliar de Mantenimiento de Armamento: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes al mantenimiento, conservación y reparación de armamento, tanto individual como perteneciente a los distintos sistemas de armas.
Auxiliar de Mantenimiento de Electrónica: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionadas con la inspección, montaje y reparación de equipos de comunicaciones, de navegación y otros con componentes electrónicos, tanto en tierra como a bordo de aeronaves.
Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes a la operación y mantenimiento de los vehículos de dotación, tanto en lo referente a los sistemas mecánicos, como a los hidráulicos, eléctricos, electrónicos y estructurales.
Auxiliar de Mantenimiento de Infraestructuras: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales en el área de operación, mantenimiento y reparación de instalaciones e infraestructuras (electricidad, carpintería, albañilería, fontanería, pintura) necesarias para asegurar la continuidad de las operaciones y la reparación rápida de daños.
Auxiliar de Mando y Control: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionados con el manejo de los sistemas de mando y control y guerra electrónica, y auxiliares en operaciones de alerta y control. Estas actividades pueden realizarse tanto en tierra como a bordo de aeronaves.
Operador de Equipos y Sistemas: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionadas con la operación de equipos de telecomunicaciones, centrales telefónica, equipos de radio y otros en oficinas del servicio de información aeronáutica y de meteorología.
Operaciones en Plataforma Aérea: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con el desarrollo de las operaciones aéreas, con el movimiento de aeronaves y con la preparación, manejo, carga, estiba y desembarco de cargas de aeronaves, tanto en tierra como a bordo de aeronaves.
Combustibles: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la recepción, almacenaje y distribución de combustible.
Contraincendios: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la prevención y extinción de incendios, incluyendo la participación en los equipos de rescate.
Cartografía e Imagen: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la realización de trabajos fotográficos y fotogramétricos.
Apoyo Sanitario: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades relacionadas con la logística en el área de sanidad, tanto en campaña (en tierra y a bordo de aeronaves), como en instalaciones de Unidades, centros y Organismos.
Administración: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes a la gestión de recursos, incluido el manejo de material de ofimática y sistemas informáticos, y cualquier otro de uso habitual en dependencias logísticas, administrativas o de asistencia de personal.
Hostelería: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la elaboración de menús, preparados alimenticios y prestación de servicios de hostelería, tanto en campaña como en instalaciones de Unidades, Centros y Organismos y a bordo de aeronaves.
Música: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con le ejecución musical, mediante los instrumentos específicos de las músicas militares.
2. Cuerpo de Intendencia
Escala de oficiales:
Intendencia: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades relacionadas con los cometidos de su cuerpo.
3. Cuerpo de Ingenieros
Escala de oficiales:
Ingenieros: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades relacionadas con los cometidos de su cuerpo y las facultades de la escala.
Escala técnica:
Técnicas Aeroespaciales: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de carácter técnico en el campo de las aeronaves de ala fija, los helicópteros, los satélites, los misiles, el armamento y sistemas de navegación, detección, control y comunicaciones que forman parte de la aeronave, así como en el resto del armamento, explosivos, materiales NBQ y contra incendios, combustibles, vehículos y equipos de apoyo en tierra.
Telecomunicaciones y Electrónica: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades en el campo específico de las telecomunicaciones, electrónica y sistemas anejos, aviónica, sistemas de aeronavegación, sistemas de mando y control y de guerra electrónica.
Infraestructura: Los militares con esta especialidad desarrollan actividades en el campo específico de la infraestructura de bases aéreas, pistas de vuelo, edificaciones e instalaciones.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de mayo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-11320 | Leer | Qué cambió |
| 29 de abril de 2021 | BOE-A-2021-6876 | Leer | Qué cambió |
| 4 de diciembre de 2016 | BOE-A-2016-11478 | Leer | Qué cambió |
| 2 de junio de 2010 | Texto original | Leer |


