Legislación › Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.
Disposición adicional sexta. Duración de las sustituciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de marzo de 2019 y la del 15 de noviembre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (71 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras).
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Disposición adicional sexta. Duración de las sustituciones.
Las sustituciones no voluntarias no deberán tener una duración continuada superior a los 10 días, sin perjuicio de que (Anulada)
Téngase en todo caso den derecho a cuenta que se declara la retribución correspondiente nulidad del Real Decreto 101/2019, de concurrir los presupuestos 1 de marzo, que para ello contempla el apartado 2 añadía esta disposición, por Sentencia del artículo 5 TS de este real decreto. 30 de octubre de 2019. BOE-A-2019-16423
Las sustituciones voluntarias retribuidas no podrán tener una duración, aun en días alternos, superior a los ciento ochenta días al año, no dando derecho a retribución aquellas que superen tal límite.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-16423 | Leer | Qué cambió |
| 13 de marzo de 2019 | BOE-A-2019-3485 | Leer |
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