LexTotal

Legislación › Orden EHA/1490/2010, de 28 de mayo, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

Artículo 6. Formalización e inscripción de acuerdos.

Artículo 6. Formalización e inscripción de acuerdos.

Los acuerdos adoptados en relación con los procedimientos de inscripción en el Registro se formalizarán en documento electrónico, que se autenticará con la firma electrónica del responsable del Registro, y su contenido se inscribirá en el Registro.

← Artículo 5 Índice Artículo 7 →