Legislación › Ley 12/2010, de 19 de mayo, del Consejo de Gobiernos Locales.
Disposición final. Primera sesión constitutiva del Consejo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de junio de 2010 y la del 30 de diciembre de 2011.
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Disposición final. Primera sesión constitutiva del Consejo.
1. El Consejo de Gobiernos Locales debe constituirse en el período máximo de seis meses después de la celebración de las próximas elecciones municipales. Esta primera sesión constitutiva es convocada por el consejero o consejera del departamento competente en materia de administración local.
2. El consejero o consejera del departamento competente en materia de administración local comunica a los partidos políticos, las federaciones, las coaliciones o las agrupaciones de electores que han obtenido el porcentaje que determina el artículo 7.1 el número de miembros que deben designar. El número de miembros de cada partido político, federación, coalición o agrupación de electores se determina aplicando la fórmula establecida por el artículo 7.2.
3. La primera sesión constitutiva del Consejo de Gobiernos Locales se inicia con la lectura que realiza el consejero o consejera del departamento competente en materia de administración local de la convocatoria de la sesión. A continuación, el consejero o consejera invita a los miembros de la Mesa de Edad a ocupar sus puestos.
4. El Gobierno departamento competente en materia de administración local, para cumplir lo dispuesto por el artículo 19.1, debe aportar los recursos materiales y financieros necesarios para garantizar que el correcto funcionamiento del Consejo de Gobiernos Locales disponga de los medios materiales y personales necesarios para iniciar sus actividades al cabo de un mes el adecuado ejercicio de la primera sesión constitutiva, establecida por sus funciones, desde el apartado 1. inicio de sus actividades.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-545 | Leer | Qué cambió |
| 17 de junio de 2010 | Texto original | Leer |


