Legislación › Real Decreto 751/2010, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil.
Artículo 6. Competencia disciplinaria.
Artículo 6. Competencia disciplinaria.
La competencia disciplinaria sobre los Guardias Civiles que sean vocales o suplentes del Consejo de la Guardia Civil se ejercerá con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre.


