Legislación › Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcaciones de recreo.
Artículo 9. Disponibilidad de los permisos.
Artículo 9. Disponibilidad de los permisos.
Los permisos temporales, así como las prórrogas de los mismos, se llevarán a bordo de las embarcaciones para las que fueron otorgados y se exhibirán a las autoridades marítimas a requerimiento de éstas.


