Legislación › Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.
APÉNDICE 1
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de julio de 2010 y la del 2 de enero de 2019.
Tachado: lo que se quitó (279 palabras). Subrayado: lo que se añadió (141 palabras).
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APÉNDICE 1
Generalidades
PARTE I
DEFINICIÓN SEGÚN CATEGORÍAS DE: TIPO Y VARIANTE Definición según categorías de: tipo, variante y versión
1. TIPO
Los remolques que pueden ser puestos en servicio bajo la misma denominación Serán de aplicación los criterios para los tipos, variantes y recibir, por tanto, versiones establecidos en el mismo número de homologación Reglamento de tipo, deberán: la Unión Europea vigente en la
– Ser fabricados por el mismo fabricante, aunque no necesariamentemisma fábrica. materia.
– Pertenecer a una de las categorías que a continuación se indican: PARTE II
Categoría R1: Remolques en los que la suma Modelos de las masas técnicamente admisibles por eje es superior a 750 kg e inferior o igual a 3000 kg. números de
Categoría R2: Remolques en los que la sumalas masas técnicamente admisibles por eje es superior a 3000 kg e inferior o igual a 6000 kg. homologación
Categoría R3: Remolques en los que la suma Homologación Nacional de las masas técnicamente admisibles por eje es superior a 6000 kg e inferior o igual a 10000 kg. Tipo:
Categoría R4: Remolques en los que la suma de Para todas las masas técnicamente admisibles por eje es superior a 10000 kg. Categorías y
– Características esenciales de fabricacióndiseño. Vehículos incompletos, completos y
– Bastidor-viga/ bastidor con largueros/ bastidor articulado (diferencias evidentesfundamentales). las diferentes fases de completado.
– Ejes (número) y configuración (ejes centrados / separados / semirremolques). RA*xxxxx*xx.
2. VARIANTE Constará de tres secciones separadas por un asterisco,
Remolques que, sin diferenciarse entre si en cuanto a las características Primera sección: «RA».
Segunda sección: Una secuencia numérica de construcción esenciales, presentan las mismas diferencias con relación al modelo de base en lo menos cinco dígitos que concierne a las siguientes características: indica el número de
– Pertenecer al mismo género de remolque.
– Distancia entre ejes y distancia entre ejes y puntoenganche para remolques homologación de ejes centrales o semirremolques base.
– Ejes Tercera sección: Una secuencia numérica de dirección (número, situación e interconexión) dos dígitos que indique la extensión. La secuencia empezará a partir de
– MMTA
– Ejes con frenos (número).
PARTE II
MODELOS DE NÚMEROS DE HOMOLOGACIÓN
HomologaciónTipo Completa: 00 para cada número de
RA-xxxx*xx
Constarálas letras RA seguida homologación de un número base.
En los casos de cuatro cifras corrección que indicará el número de homologación, no implican extensión, se añadirán los caracteres: «Rev» más un número de dos cifras que indicará indica el número de extensión. revisión.
Serie Corta Nacional:
No procede.
Homologación Individual:
HIRA-xxxxx HIRA-xxxxx.
Constará de los caracteres HIRA seguidos de una secuencia numérica de al menos cinco dígitos, que indicará el número de aprobación individual.
En los casos de corrección, se añadirán los caracteres: «Rev» más un número de cuatro dos cifras que indicará indica el número de homologación individual. revisión.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2018-15796 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 2010 | Texto original | Leer |


