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Legislación › Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano.

Artículo 11 bis. Lista de observación en aguas preparadas envasadas.

Artículo 11 bis. Lista de observación en aguas preparadas envasadas.

Las aguas preparadas envasadas, además de cumplir con los parámetros microbiológicos y químicos recogidos en los anexos del presente real decreto, deberán respetar los valores de referencia de los parámetros incluidos en la lista de observación a que se refiere el anexo IV del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

Se añade por el art. 2.6 del Real Decreto 2/2023, de 10 de enero. BOE-A-2023-627

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