Legislación › Real Decreto 799/2011, de 10 de junio, por el que se establecen las obligaciones que incumben al Ministerio de Fomento en materia de seguridad marítima y prevención de la contaminación marina sobre buques españoles.
Disposición final tercera. Habilitaciones.
Disposición final tercera. Habilitaciones.
Se faculta al Ministro de Fomento para dictar cuantas disposiciones sean precisas en desarrollo de este real decreto.
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