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Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 16 de junio de 2011 · Último cambio el 19 de febrero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 19/02/2025
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional primera. Pruebas piloto.
- Disposición adicional segunda. Informe de evaluación.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Requisitos generales.
- Artículo 3. Requisitos de titulación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Cursos de formación.
- Artículo 5. Colaboración institucional.
- Artículo 6. Acreditación de los cursos de formación impartidos por las escuelas de práctica jurídica.
- Artículo 7. Acreditación profesional de la formación impartida por las universidades.
- Artículo 8. Registro administrativo.
- Artículo 9. Becas para la realización de los cursos de formación.
- Artículo 10. Competencias de los cursos de formación para el acceso a la profesión de abogado.
- Artículo 11. Competencias de los cursos de formación para el acceso a la profesión de procurador de los tribunales.
- Artículo 12. Configuración de los planes de estudio de los cursos de formación.
- Artículo 13. Profesorado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 14. Contenido de las prácticas externas.
- Artículo 15. Lugares de realización de las prácticas.
- Artículo 16. Tutorías.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 17. Contenido de la evaluación. 2 redacciones · cambió el 08/03/2014
- Artículo 18. Convocatoria de la evaluación.
- Artículo 19. Comisión de evaluación.
- Artículo 20. Calificación de la evaluación. 2 redacciones · cambió el 08/03/2014


