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Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos.

Artículo 10. Tipos tributarios, cuotas fijas, devengo, gestión y recaudación.

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Artículo 10. Normas de gestión. Tipos tributarios, cuotas fijas, devengo, gestión y recaudación.
Uno. Lugar De acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de presentación la Ley 22/2009, de las declaraciones.
1. Las declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones del Impuesto
18 de Sucesiones y Donaciones y diciembre, por el Impuesto que se regula el sistema de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados deberán presentarse en financiación de las oficinas Comunidades Autónomas de la Dirección General régimen común y Ciudades con Estatuto de Tributos.
2. La Consejería competente en materia
Autonomía, y se modifican determinadas normas tributarias, se regulan los tipos de Hacienda podrá autorizar su presentación en gravamen, las Oficinas de Distrito Hipotecario, a cargo de Registradores cuotas fijas, el devengo, la gestión y recaudación de la Propiedad, a las que también podrá encomendar funciones tasa fiscal sobre los juegos de aplicación suerte, envite o azar y revisión apuestas, regulados en el Real Decreto Ley 16/1977, de estos impuestos, así como suscribir acuerdos con otras administraciones públicas, 25 de febrero.
1.Tipos tributarios
y cuotas fijas.
a) Tipos tributarios:
1. El tipo de gravamen establecido
con las entidades, instituciones y organismos a que carácter general será del 25 por 100.
2. En los juegos del bingo
se refiere el artículo 92 aplicarán los siguientes tipos de gravamen:
l. En
la Ley 58/2003, modalidad de 17 juego del bingo tradicional, en cada adquisición de diciembre, General Tributaria, para hacer efectiva cartones se aplicará a la colaboración externa base imponible el tipo tributario que resulte de la presentación y gestión siguiente tabla, en función de dichas declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones.
Del mismo modo, podrá establecer
la presentación obligatoria suma de las declaraciones y autoliquidaciones por medios telemáticos en aquellos tributos o modalidades los valores faciales de los mismos que resulten susceptibles cartones adquiridos por cada sala desde el 1 de tal forma enero de presentación.
Dos. Gestión tributaria telemática integral del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
cada año:
1. La Consejería competente en materia Suma acumulada de Hacienda podrá fijar los supuestos, condiciones y requisitos técnicos y/o personales en valores faciales de los cartones adquiridos
·
Tipo aplicable
·
De 0 a 7.500.000,00 euros
·
40 %
·
De más de 7.500.000,00 a 15.000.000,00 euros
·
50 %
·
Más de 15.000.000,00 euros
·
55 %
·
II. Para la modalidad del juego del bingo
que se podrá efectuar la elaboración, pago y presentación califique reglamentariamente como modalidad electrónica de las declaraciones tributarias por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados mediante bingo, el uso exclusivo e integral tipo de sistemas telemáticos e informáticos.
2. Dicho sistema sólo
gravamen será aplicable a los hechos imponibles sujetos al impuesto y contenidos en documentos públicos notariales. del 30 por ciento.
3. En los supuestos anteriores, la elaboración casinos de juego se aplicará la declaración tributaria, el pago siguiente tarifa:
·
Tipos
–
Porcentaje
·
Igual o inferior a 2.000.000
·
15
·
De 2.000.000 a 4.000.000
·
35
·
Más
de la deuda tributaria, en su caso, y la presentación en 4.000.000
·
50
·
Para
la oficina gestora competente aplicación de la Dirección General de Tributos, deberá llevarse a cabo íntegramente por medios telemáticos, sin que constituya un presente tarifa, será requisito formal esencial indispensable que los casinos de juego, durante los ejercicios de aplicación de esta tarifa, no reduzcan la presentación y custodia plantilla de copia trabajadores, en soporte papel, términos de los documentos que contienen el acto o actos sujetos ante dicha oficina gestora.
4.
plantilla media regulados en la normativa laboral. En relación con las obligaciones formales caso de presentación no cumplir este requisito en alguno de los documentos comprensivos ejercicios de los hechos imponibles, impuestas a los sujetos pasivos aplicación, les será de aplicación la tarifa establecida en el artículo 51 del Texto Refundido 10.1.a) punto 3, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993 1/2010, de 24 5 de septiembre, éstas se entenderán plenamente cumplidas mediante noviembre, por el uso del sistema que se autoriza en este apartado Dos.
5. De igual modo y en relación con las garantías y cierre registral, establecidos en
aprueba el artículo 54 del mencionado Texto Refundido del Impuesto y de las Disposiciones Legales vigentes en el artículo 122 del Reglamento del Impuesto, aprobado por Real Decreto 828/1995 la Región de 29 Murcia en materia de mayo, el uso por Tributos Cedidos, vigente a 31 de diciembre de 2012. A tal efecto, las empresas realizarán la autoliquidación de las cantidades no ingresadas junto con los contribuyentes del sistema correspondientes intereses de gestión tributaria telemática integral a que se refiere este apartado Dos y demora en los términos y condiciones que la Consejería competente en materia de Hacienda fije reglamentariamente, surtirá idénticos efectos acreditativos primeros 30 días del pago, exención o sujeción año siguiente al que los reseñados en tales disposiciones. La Consejería competente en materia de Hacienda habilitará un sistema se incumpla el requisito anterior.
Los casinos
de confirmación permanente e inmediata juego deberán tener a disposición de la veracidad Administración Tributaria la documentación precisa para acreditar fehacientemente el cumplimiento de dicho requisito.
4. En
la declaración tributaria telemática a fin modalidad de que las Oficinas, Registros públicos, Juzgados o Tribunales puedan, en apuestas se aplicarán los siguientes tipos, con independencia de los medios técnicos utilizados para su caso, verificarla. desarrollo:
Tres. Justificante de pago y presentación.–La justificación a) El tipo tributario general será del pago y presentación de 15 por 100.
b) En
las declaraciones autoliquidaciones correspondientes a los Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y apuestas sobre acontecimientos deportivos, de Sucesiones y Donaciones, a efectos del cumplimiento competición o de lo establecido otro carácter previamente determinado, así como en las apuestas hípicas, el artículo 122 del Reglamento tipo tributario será del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado 10 por Real Decreto 828/1995, 100.
c) Las apuestas gananciosas,
de 29 las denominadas «traviesas», celebradas en el interior de mayo, los frontones y hechas con la intención de corredor, satisfarán el artículo 100 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado 1,5 por Real Decreto 1629/1991, de 8 100.»
b) Cuotas fijas:
1. Máquinas tipo "B" o recreativas con premio en especie, llamadas grúas, cascadas o similares, así como las expendedoras que incluyan algún elemento
de noviembre, se realizará, exclusivamente, mediante juego, apuesta, envite, azar o habilidad del jugador que condicione la diligencia obtención del premio. Cuota anual: 3.620,00 euros.
2. Máquinas tipo "B" o recreativas con premio en metálico:
a) Cuota anual: 3.620,00 euros.
b) Cuando se trate
de pago y presentación expedida por el Órgano u Oficina competente máquinas de la Comunidad tipo "B" en la las que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea, y siempre que determine la correspondiente Orden el juego de cada uno de ellos sea independiente del realizado por los otros jugadores, será de aplicación la Consejería competente en materia cuota siguiente: 3.620 €, más un incremento del 25 % de Hacienda. esta cantidad por cada nuevo jugador a partir del primero.
Cuatro. Comprobación de valores c) Máquinas tipo "B" en el Impuesto situación de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto baja temporal: cuota anual de Transmisiones Patrimoniales 0,00 euros.
3. Máquinas tipo "C" o de azar.
a) Cuota anual: 5.300 euros, por cada máquina
y Actos Jurídicos Documentados.–Reglamentariamente jugador.
b) Cuando
se podrán regular los aspectos procedimentales trate de los medios máquinas de comprobación establecidos tipo "C" en las que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea, y siempre que el artículo 57.1 juego de la Ley 58/2003, cada uno de 17 ellos sea independiente del realizado por los otros jugadores, será de diciembre, General Tributaria. aplicación la siguiente cuota: 5.300 euros, más un incremento del 25 % por cada nuevo jugador a partir del primero.»
Cinco. Acuerdos previos de valoración. 2. Base imponible.
1. De acuerdo con lo previsto en Regla general. Por regla general la base imponible de la tasa estará constituida por el artículo 91 importe total de las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en los juegos.
2. Reglas especiales. En los supuestos que a continuación se describen
la Ley 58/2003, base imponible de 17 la tasa será la siguiente:
a) En los casinos
de diciembre, General Tributaria, juego los contribuyentes ingresos brutos que obtengan procedentes del juego. Se entenderá por ingresos brutos la diferencia entre el Impuesto importe total de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto los ingresos obtenidos procedentes del juego, en cada uno de Transmisiones Patrimoniales los establecimientos que tenga el casino, y Actos Jurídicos Documentados podrán solicitar las cantidades satisfechas a los jugadores por sus ganancias.
No se computará en los citados ingresos
la Administración Tributaria Regional cantidad que determine, con carácter previo y vinculante, cuál se abone por la entrada en las salas reservadas para el juego.
b) En la modalidad del juego del bingo tradicional, la base imponible
será el importe del valor facial de los cartones adquiridos descontada la valoración cantidad destinada a efectos exclusivamente premios.
c) Para la modalidad del juego del bingo que se califique reglamentariamente como modalidad electrónica
de estos impuestos, bingo, la base imponible será la diferencia entre el importe total de rentas, productos, bienes, gastos y demás elementos los ingresos obtenidos procedentes del hecho imponible. juego de esta modalidad y las cantidades satisfechas a los jugadores por sus ganancias.
2. La solicitud deberá presentarse d) En las apuestas la base imponible vendrá constituida por escrito un mes antes el importe total de la realización los billetes, boletos o resguardos de participación vendidos, sea cual fuere el medio o soporte a través del hecho imponible, acompañada cual se hayan realizado. No obstante, para las apuestas hípicas y sobre acontecimientos deportivos, de una propuesta competición o de valoración formulada otro carácter previamente determinado, la base imponible vendrá constituida por el contribuyente.
En
la diferencia entre la suma total de las cantidades apostadas y el caso importe de bienes inmuebles, esta valoración deberá ser realizada los premios obtenidos por un perito con título suficiente para realizar tal valoración. los participantes en el juego.
3. La Administración Tributaria podrá comprobar En los elementos casos de hecho y las circunstancias declaradas por el contribuyente. Para ello, podrá requerir cuantos documentos considere oportuno explotación de máquinas recreativas o aparatos automáticos aptos para una correcta valoración la realización de los bienes. juegos de azar, la cuota fija aplicable será exigible por cada máquina o aparato.
4. La valoración 3. Devengo.
1. Tratándose
de máquinas recreativas y de azar, de los tipos B y C, respectivamente, la Administración Tributaria se emitirá Tasa será exigible por escrito, con indicación años naturales, devengándose el uno de enero de cada año en cuanto a las autorizadas en años anteriores.
2. En el primer año, el devengo coincidirá con la autorización, abonándose en
su carácter vinculante, del supuesto entera cuantía según los importes fijados en los apartados anteriores de hecho al este artículo, salvo que aquella se refiere y otorgue después del impuesto al que se aplica, treinta de junio, en cuyo caso se abonará solamente el plazo máximo 50% de dos meses desde que se presentó la solicitud. La falta de contestación Tasa.
3. El devengo
de la Administración Tributaria Tasa Fiscal para las máquinas tipo «B» en los plazos indicados, por causas no imputables al contribuyente, implicará la aceptación situación de los valores por él propuestos. La Administración Tributaria estará obligada a aplicar al contribuyente los valores expresados en Baja Temporal será el acuerdo, con las excepciones reguladas en 1 de enero.
4. En
el artículo 91 supuesto de inscripción provisional de modelos en el Registro contemplado en la Ley 58/2003, normativa reguladora de 17 máquinas recreativas y de diciembre, General Tributaria.
5. El acuerdo tendrá un
azar, la tasa se devengará con la puesta en explotación de las máquinas amparadas por la inscripción y para el periodo correspondiente al plazo máximo de vigencia de doce meses.
6. Los contribuyentes no podrán interponer recurso alguno contra los acuerdos regulados
la misma, si bien, en este precepto, sin perjuicio de que puedan hacerlo contra caso, las liquidaciones administrativas que pudieran dictarse ulteriormente.
Seis. Tasación pericial contradictoria.
1. En corrección
cuotas exigibles, en función del resultado obtenido tipo de máquina, serán un tercio de las establecidas en el apartado anterior. Dichas cuotas deberán abonarse mediante autoliquidación presentada por la comprobación empresa solicitante para cada una de valores las máquinas, con anterioridad al diligenciado del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, los interesados podrán promover boletín de situación correspondiente por parte de la práctica oficina gestora, sin que ello dé lugar a la inclusión de la tasación pericial contradictoria o reservarse máquina en el derecho padrón a promoverla, en los términos previstos en que se refiere el artículo 135.1 de apartado siguiente, salvo que, con posterioridad, y una vez inscrito definitivamente el modelo, se solicite la Ley 58/2003, autorización de 17 explotación durante el ejercicio, en cuyo caso será de diciembre, General Tributaria.
2. La Consejería competente
aplicación lo dispuesto en materia el párrafo anterior, con la reducción de Hacienda podrá determinar la remuneración máxima a satisfacer a los peritos terceros que intervengan cuota exigible en tasaciones periciales contradictorias, a fin la cuantía previamente ingresada con motivo de que exista información pública suficiente la inscripción provisional.
5. La tasa fiscal
sobre los costes en que puede incurrir el interesado juego del bingo en la tramitación modalidad tradicional se devenga en el momento de este procedimiento. suministrar los cartones al sujeto pasivo.
Este importe máximo 6. En las apuestas, la tasa se fijará previa audiencia a los colegios profesionales a que pertenezcan los peritos que realicen estas tasaciones. devengará cuando se celebren u organicen.
Siete. Obligaciones formales 4. Gestión y recaudación.
a) Máquinas recreativas y
de los Notarios. azar.
1. El cumplimiento de las obligaciones formales de los notarios, recogidas en los artículos 32.3 ingreso de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto Tasa Fiscal sobre Sucesiones y Donaciones y en el artículo 52 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, Juego se realizará en el formato pagos fraccionados trimestrales iguales, que se determine por la Consejería competente efectuarán en materia los siguientes períodos:
1.er periodo: 1 al 20
de Hacienda. marzo.
2.º periodo: 1 al 20 de junio.
3.er periodo: 1 al 20 de septiembre.
4.º periodo: 1 al 20 de diciembre.
2.
La remisión tasa se gestionará a partir del padrón de esa información podrá presentarse en soporte directamente legible por ordenador o mediante transmisión por vía telemática en las condiciones y diseño la misma que apruebe se formará anualmente, y estará constituido por la Consejería competente el censo comprensivo de máquinas tipo "Bˮ o recreativas con premio, máquinas "Bˮ en materia situación de Hacienda, quien, además, podrá establecer las circunstancias baja temporal y plazos tipo "Cˮ o de azar, autorizadas en que dicha presentación sea obligatoria. años anteriores, sujetos pasivos y cuotas exigibles. En desarrollo este caso, el ingreso de los servicios las cuotas trimestrales se realizará por el sujeto pasivo mediante el abono del documento de pago expedido por la sociedad Administración.
3. Cuando se trate
de la información, con el fin máquinas de facilitar nueva autorización sin sustitución, el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, sujeto pasivo, previamente a la Consejería competente en materia obtención de Hacienda facilitará la presentación telemática autorización de las escrituras públicas, desarrollando los instrumentos jurídicos y tecnológicos necesarios explotación e inclusión en el ámbito de su competencia.
2. Los Notarios con destino
padrón, practicará, en el impreso habilitado al efecto por la Comunidad Autónoma de Administración, la Región declaración de Murcia y con alta en el fin mismo y la autoliquidación de facilitar la tasa, e ingresará el cumplimiento importe de las obligaciones tributarias los trimestres ya vencidos y/o corriente en cualquiera de las entidades colaboradoras autorizadas, abonándose los contribuyentes y facilitar restantes según el acceso telemático procedimiento establecido en el párrafo anterior.
4. Las restantes variaciones que se produzcan en la situación
de los documentos a los registros públicos, remitirán con las máquinas, una vez adoptadas las resoluciones oportunas, conllevarán la colaboración del Consejo General modificación del Notariado por vía telemática padrón, si bien tendrán efectividad en el período impositivo siguiente a aquel en que tuvieren lugar.
5. El padrón de
la tasa será aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Tributos antes del 28 de la Consejería competente febrero de ese ejercicio, y se expondrá al público por un plazo de diez días para que los legítimos interesados puedan examinarlo y, en materia su caso, formular las reclamaciones oportunas.
6. La referida exposición al público se anunciará, mediante edicto, en el Boletín Oficial
de Hacienda, una declaración informativa notarial la Región de Murcia y producirá los elementos básicos efectos de las escrituras por ellos autorizadas así como notificación de la copia electrónica liquidación a cada uno de las mismas los sujetos pasivos, de conformidad con lo dispuesto en la legislación notarial, el artículo 102.3 de los hechos imponibles que determine la Consejería competente en materia Ley 58/2003, de Hacienda, quien, además, establecerá los procedimientos, estructura y plazos en los que debe 17 de ser remitida esta información. diciembre, General Tributaria.
Ocho. Obligaciones formales de los Registradores de b) Juego del bingo en la Propiedad Inmobiliaria y Mercantiles. modalidad tradicional.
1. Los Registradores El pago de la Propiedad y Mercantiles que ejerzan sus funciones en tasa fiscal sobre el juego se efectuará con carácter previo a la Comunidad Autónoma adquisición de los cartones.
c) Juego del bingo en
la Región modalidad electrónica.
1. Las empresas titulares
de Murcia vendrán obligados a remitir, trimestralmente, a la Consejería competente autorización del juego del bingo presentarán y, en materia de Hacienda relación su caso, ingresarán, una autoliquidación trimestral por cada sala que tengan autorizada, comprensiva de todos los documentos terminales instalados en esa sala que contengan actos o contratos sujetos desarrollen las modalidades electrónicas de bingo, en los siguientes períodos:
1.er periodo: 1
al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o 20 de abril.
2.º periodo: 1
al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que hayan sido objeto 20 de inscripción o anotación en sus respectivos Registros, cuando el pago julio.
3.er periodo: 1 al 20
de dichos tributos o la presentación octubre.
4.º periodo: 1 al 20
de la declaración tributaria se haya realizado en una Comunidad Autónoma distinta a aquella. enero.
2. Mediante convenio suscrito por En las modalidades electrónicas de bingo, el sujeto pasivo deberá disponer de un sistema informático que permita a la Consejería consejería competente en materia de Hacienda y hacienda el Colegio de Registradores control telemático de la Propiedad gestión y Mercantiles pago de España, se determinará el contenido la tasa fiscal correspondiente.
3. Se autoriza al titular
de la información a remitir, los modelos consejería competente en materia de declaración y plazos hacienda para la aprobación del modelo de presentación, autoliquidación de la tasa, así como los supuestos en los que el procedimiento para la presentación se haya de hacer mediante soporte directamente legible por ordenador o transmisión por vía telemática. cumplimentación, pago y presentación.
3. En ambos casos, estas declaraciones tendrán la consideración d) Apuestas.
1. Los sujetos pasivos deberán presentar, en los veinte primeros días naturales
de tributarias cada mes, una autoliquidación referente a todos los efectos regulados las apuestas devengadas en la Ley General Tributaria. En el Convenio a que se refiere el párrafo anterior se podrá establecer el sistema para mes anterior.
2. Se autoriza al titular de
la confirmación y verificación, consejería competente en su caso, por los Registros materia de hacienda para la Propiedad y Mercantiles aprobación del modelo de España, autoliquidación de la gestión tributaria telemática integral a que se refiere tasa, así como el artículo 10.Dos de procedimiento para la presente Ley. cumplimentación, pago y presentación.
Nueve. Suministro de información por las entidades que realicen subastas de bienes muebles. e) Rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias.
1. Las empresas que realicen subastas de bienes muebles deberán remitir semestralmente una declaración con la relación Los sujetos pasivos de las transmisiones de bienes en que hayan intervenido, relativas al semestre anterior. Esta relación deberá comprender los datos tasas por organización de identificación del transmitente rifas, tómbolas y el adquirente, combinaciones aleatorias vendrán obligados a practicar la fecha liquidación de la transmisión, una descripción del bien subastado y tasa regulada en el precio final Texto Refundido de adjudicación. Tasas Fiscales, aprobado por Decreto 3059/1966, de 1 de diciembre.
2. La Consejería Se autoriza al titular de la consejería competente en materia de Hacienda determinará los modelos de declaración y plazos hacienda para la aprobación del modelo de presentación, el contenido autoliquidación de la información a remitir, tasa, así como las condiciones en las que el procedimiento para la presentación mediante soporte directamente legible cumplimentación, pago y presentación.
f) Juegos que se efectúen
por ordenador medios electrónicos, informáticos, telemáticos o mediante transmisión por vía telemática será obligatoria. En ambos casos, estas declaraciones tendrán la consideración de tributarias comunicación a todos distancia.
Para el caso de
los efectos regulados juegos que se efectúen por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o de comunicación a distancia, se autoriza al titular de la consejería competente en materia de hacienda para la Ley General Tributaria. aprobación del modelo de autoliquidación de la tasa, así como el procedimiento para la cumplimentación, pago y presentación.

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26 de abril de 2020 En vigor BOE-A-2020-9488 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2018-2468 Leer Qué cambió
7 de febrero de 2016 BOE-A-2016-3540 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-752 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-1927 Leer Qué cambió
1 de febrero de 2011 Texto original Leer

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