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Legislación › Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.

Artículo 1. Denominación y naturaleza.

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Artículo 1. Denominación y naturaleza.
La denominación de la Real Academia es la de Real Academia Nacional de Medicina, Medicina de España, y tiene el Alto alto Patronazgo de S.M. el Rey, según el artículo 62 de la Constitución Española. Es una corporación científica de derecho público, dotada de personalidad jurídica y capacidad de obrar, integrada en el Instituto de España.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de octubre de 2017 En vigor BOE-A-2017-12041 Leer Qué cambió
22 de junio de 2011 Texto original Leer

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