Legislación › Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.
Artículo 3. Ámbito personal y territorial y sede.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de junio de 2011 y la del 22 de octubre de 2017.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 3. Ámbito personal y territorial y sede.
1. El cuerpo académico de la Real Academia Nacional de Medicina de España se compone de Académicos y Académicas de Número, Supernumerarios, de Honor, y Correspondientes.
2. El ámbito territorial de la Real Academia Nacional de Medicina de España es el Reino de España. Su sede social, legal y propia, radica en Madrid, en la calle de Arrieta n° Arrieta, número 12.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de octubre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-12041 | Leer | Qué cambió |
| 22 de junio de 2011 | Texto original | Leer |


