Legislación › Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.
Artículo 42. Presidencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de junio de 2011 y la del 22 de octubre de 2017.
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Artículo 42. Presidencia.
La Presidencia es el máximo cargo Académico de la Real Academia Nacional de Medicina. Medicina de España. Le corresponderán los siguientes cometidos:
1.º Presidir las sesiones de la Junta de Gobierno, de la Junta Directiva y de todas las reuniones académicas en que su presencia sea requerida.
2.º Convocar a la Junta de Gobierno y a la Junta Directiva para la celebración de sus respectivas reuniones.
3.º Disponer los asuntos sobre los que tenga que deliberar la Junta Directiva y la de Gobierno, con la prelación que estime oportuna, incluyéndolos en el orden del día.
4.º Autorizar las actas con su visto bueno.
5.º Velar por el más exacto cumplimiento, en las sesiones y fuera de ellas, de los Estatutos y Reglamento así como de los acuerdos de la Corporación.
6.º Dar lectura de los votos recogidos en las urnas en las diferentes votaciones.
7.º Disponer provisionalmente, en los casos imprevistos y urgentes, lo que estime más oportuno para el buen orden y gobierno de la Corporación, siempre que no se oponga a los Estatutos, hasta que, reunida la Junta Directiva o de Gobierno, con la posible brevedad, resuelvan por sí mismas.
8.º Proponer a la Real Academia todas las iniciativas y proyectos que estime conducentes al cumplimiento y ampliación de los fines de la Corporación.
9.º Firmar los títulos de Académico que se expidan.
10.º Dirigir a S.M. el Rey, al Gobierno de España, a las autoridades correspondientes y a cualquier otra instancia los informes de la Corporación.
11.º Representar a la Junta Directiva.
12.º Realizar cuantas gestiones considere oportunas para el desarrollo de la Real Academia, dando cuenta de ellas a la Junta Directiva.
13.º Las demás funciones que se le atribuyan en el Reglamento interno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de octubre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-12041 | Leer | Qué cambió |
| 22 de junio de 2011 | Texto original | Leer |


