Legislación › Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.
Artículo 12. Régimen sancionador.
Artículo 12. Régimen sancionador.
En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, y en la correspondiente normativa de las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden a que hubiere lugar.


