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Legislación › Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia.

Artículo 3. Modalidades de atención a la infancia y la adolescencia.

Artículo 3. Modalidades de atención a la infancia y la adolescencia.

La atención a la infancia y la adolescencia se llevará a cabo a través de:

a) Las acciones de promoción y defensa de sus derechos.

b) Las actuaciones para prevenir todas las situaciones que interfieran en un adecuado desarrollo personal y social.

c) Las medidas de protección en las situaciones de riesgo de desprotección o desprotección infantil.

d) Las intervenciones socioeducativas destinadas a la adolescencia en el marco de la ejecución de las medidas impuestas por los órganos judiciales.

e) Las actuaciones que promuevan la ayuda humanitaria y la cooperación al desarrollo con otros pueblos, especialmente con aquellos más empobrecidos.

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