Legislación › Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 60. Retribuciones básicas.
Artículo 60. Retribuciones básicas.
Las retribuciones básicas son:
a) El sueldo asignado a cada categoría en función del título exigido para su desempeño.
b) Los trienios, que consisten en una cantidad determinada para cada categoría, en función del grupo o subgrupo de clasificación, por cada tres años de servicios, conforme se determine en la ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


