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Legislación › Ley 2/2011, de 15 de marzo, de la Cañada Real Galiana.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de presente Ley, los Ayuntamientos de Coslada, Madrid y Rivas Vaciamadrid, elaborarán un censo de fincas y ocupantes de la Cañada Real Galiana en los tramos comprendidos dentro de sus términos municipales.

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