Legislación › Orden INT/1920/2011, de 1 de julio, por la que se refuerza el control respecto al comercio del cobre para los centros gestores de residuos metálicos y establecimientos de comercio al por mayor de chatarra y productos de desecho.
Artículo 1. Comunicación específica de datos relativos al comercio de cobre.
Artículo 1. Comunicación específica de datos relativos al comercio de cobre.
Los centros gestores de residuos metálicos y, en general, los establecimientos de comercio al por mayor de chatarra y productos de desecho, comunicarán diariamente por medios telemáticos a las Jefaturas Superiores de Policía, Comisarías y Puestos de la Guardia Civil, atendiendo a su demarcación territorial, y simultáneamente a su inscripción en el libro-registro, las entradas de material de cobre, especificando la información sobre cantidad, origen y características contenida en el anexo IV de la Orden del Ministro del Interior de 2 de noviembre de 1989.


