Legislación › Real Decreto 885/2011, de 24 de junio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo-Pesquera y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, en el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, y en el Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero.
Disposición final segunda. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias prof
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Disposición final segunda. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CDIV, «Amarre "Amarre de puerto y monoboyas», monoboyas", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente eliminando la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra "Maniobra y mantenimiento del buque», buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 210 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. 180 horas. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de «marinero». "marinero".
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de diciembre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-14816 | Leer | Qué cambió |
| 14 de julio de 2011 | Texto original | Leer |
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